A pocos días de desarrollarse la audiencia pública, nuestro medio pudo acceder al proyecto de Ordenanza Tarifaria y de Presupuesto 2020 y analizar las variables económicas que establece la nueva gestión del electo intendente Octavio Ibarra.

Uno de los principales contribuciones locales es la Tasa a la Propiedad, que en el 2020 poseerá un incremento de un 35% interanual aproximadamente. Esto significa que según la zona donde se encuentre la propiedad (Hay cinco zonas que son determinadas y diferenciadas por el alcance de los servicios públicos) pagarán entre $6048 (Zona A1) Y $1606,50 (Zona A4), mientras que los terrenos identificados como A5 pagarán $324.
Es decir, en la comparación interanual, un vecino de la Zona A1 que pagaba en 2019 $4500 de Tasa a la Propiedad ahora deberá desembolsar $1548 más. En tanto en el caso de un vecino con una propiedad ubicada en zona A2, que en 2019 pagaba $3650 ahora deberá abonar $4914.
Las zonas
La escala de los valores e importes de dicha tasa varían según lo denominado como base imponible, lo que es establecido por las características de servicios y obras que poseen las propiedades según el sector de la ciudad donde se ubican. Cada propiedad en Oliva es clasificada en cinco zonas, a saber:
ZONA “ A – 1 ”: Todas las propiedades con frente a las calles abiertas al uso público que se determinan en plano, identificadas con el color rojo, las cuales cuentan con calzadas pavimentadas y los servicios municipales de mantenimiento de alumbrado público, recolección de residuos domiciliarios de poco volumen y limpieza y mantenimiento del hormigón.
ZONA “ A – 2 “: Todas las propiedades con frente a las calles abiertas al uso público que se determinan en plano, identificadas con el color azul, las cuales cuentan con calzadas de tierra con cordón cuneta y los servicios municipales de mantenimiento de alumbrado público, recolección de residuos domiciliarios de poco volumen y limpieza y mantenimiento del hormigón de cordón cuneta y material de calzada.
ZONA “ A – 3 ”: Todas las propiedades con frente a las calles abiertas al uso público que se determinan en plano, identificadas con el color verde, las cuales cuentan con calzadas de tierra y los servicios municipales de mantenimiento de alumbrado público, recolección de residuos domiciliarios de poco volumen y riego y mantenimiento del material de superficie.
ZONA “ A – 4 ” : Todas las líneas o cuadras con frente a las calles abiertas al uso público que se determinan en plano, identificadas con el color marrón, que siendo de similares características a la Zona A-3, se encuentran deshabitadas, sin contar con el mínimo de urbanización necesario. También se catalogarán en la zona A-4, los frentes de propiedades consideradas por el municipio como calle, cuando el colindante ya haya cedido su correspondiente parte al dominio público municipal.
ZONA “ A – 5 ” : Todas las propiedades con frente a las calles abiertas al uso público que se determinan en plano, identificadas con el color naranja, que siendo de similares características a la Zona A-4 son grandes parcelas remanentes, sin subdividir aún.