Elecciones 2023: Se amplía a más profesionales la convocatoria para ser autoridad de mesa. La Junta Electoral Municipal amplió la convocatoria para aspirantes a presidentes de mesa. Todo esto de cara a los comicios del 24 de septiembre.
Fue mediante la resolución 8 del órgano encabezado por la doctora Marcela Cima. Y que tiene como vocales titulares al doctor Gastón Arrom y la docente Carmen Mandrile, y como secretaria la doctora Marina Basano. La misma fue publicada ayer 9 de agosto.
Todo esto, tras la ordenanza 353 aprobada por el Deliberante el pasado 3 de agosto. Con la misma quedó establecida una modificación del artículo 39 inciso 3 de la ordenanza del Régimen Electoral votada en 2022.
Ahora la convocatoria abarca a profesionales con título universitario o terciario. Tanto en actividad como jubilados. Además, obviamente de la convocatoria a docentes de cualquier nivel de enseñanza. Empleados públicos o privados afectados a tareas administrativas, tanto en actividad como jubilados.
Los interesados pueden acceder a la inscripción haciendo click aquí.
Elecciones 2023: Se amplía a más profesionales la convocatoria para ser autoridad de mesa-Capacitación previa
Cabe destacar que la Junta establecerá instancias de capacitación, con el dictado de cursos específicos a quienes figuren en el Registro. “Para quienes voluntariamente deseen hacerlo, a fin de garantizar una sólida formación en la interpretación y aplicación” del Régimen Electoral.
También estipula que con una antelación no menor de 20 días antes de las elecciones. Se realizarán encuentros para instruir y coordinar las autoridades de mesa. La capacitación será obligatoria para desempeñarse como autoridad de mesa.
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Refrigerio y viáticos
También se establece –según marca el artículo 43 del Régimen Electoral- que tanto el presidente de mesa como su suplente cobrarán viáticos. Que representarán un 20% del Salario Mínimo Vital y Móvil. Lo que significa que el viático a cobrar rondará los $22 mil. Obviamente sujeto a las modificaciones que el Consejo del Salario establezca.
“La liquidación de la presente compensación tendrá lugar dentro de los diez días hábiles administrativos contados a partir de la fecha del acto electoral”.
El articulo subsiguiente garantiza además el suministro del refrigerio para el desayuno, almuerzo y merienda del presidente de mesa y el suplente.
Quienes fuesen designados sólo pueden excusarse de la función “por razones de enfermedad o de fuerza mayor, debidamente justificadas”.
También las personas asignadas como presidentes de mesa son excusadas de cumplir dicha función, por estas razones: cumplir funciones de organización o dirección de partidos políticos. Como también ser candidatos de alguna de las fuerzas.
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