Oliva adhirió a la Ley Lucio. En un movimiento que formaliza el compromiso municipal con la protección de la niñez y la adolescencia, el Concejo Deliberante de la Ciudad de Oliva sancionó la Ordenanza N° 559/2025 el pasado 31 de octubre, adhiriendo en todos sus términos a la Ley Provincial N° 10.973. Dicha ley provincial formaliza la adhesión de Córdoba a la Ley Nacional N° 27.709, conocida como «Ley Lucio». La medida fue promulgada posteriormente mediante el Decreto N° 306/2025.
En los considerandos de la norma, se remarca que la aprobación de la medida surge de la presentación del Programa Municipal de Abordaje Integral del Abuso Sexual. El cual fue realizado vía Banca Ciudadana por el pastor local, educador y periodista, Santiago Montoya. Ya que dentro de la propuesta se remarcaba la necesidad de la adhesión a dicha legislación.
Oliva adhirió a la Ley Lucio: Marco Normativo y Fundamentos
La Ley Nacional N° 27.709, o «Ley Lucio», establece un Plan Federal de Capacitación con carácter continuo, permanente y obligatorio en derechos de niños, niñas y adolescentes. Su objetivo fundamental es la detección temprana y prevención de situaciones de violencia y maltrato.

El Concejo Deliberante argumentó la necesidad de esta adhesión. Señalando que la normativa federal responde a la urgencia de sensibilizar y formar a los agentes estatales que, por sus funciones, tienen contacto directo o indirecto con la infancia. Estos agentes son considerados la primera línea de detección de vulneraciones de derechos.
La Ordenanza subraya que, al adherir a la normativa provincial, el Municipio alinea sus políticas públicas con los marcos normativos superiores, reconociéndose como el «primer eslabón del Estado» y un actor esencial dentro del Sistema de Protección Integral de los Derechos de la Niñez, Niños y Adolescentes.

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Capacitación Obligatoria y Alcance
La nueva Ordenanza establece la obligatoriedad de cumplimentar con la capacitación en derechos de los niños, niñas y adolescentes, según lo dispuesto en el Plan Federal. Los sujetos obligados incluyen a la totalidad de los agentes que se desempeñen en la función pública municipal, abarcando:
- Todos los niveles y jerarquías de la función pública municipal.
- Funcionarios con cargos en el Poder Ejecutivo.
- Miembros del Concejo Deliberante.
- Personal del Tribunal de Cuentas.
- Personal de la Defensoría del Vecino.
- Personal del Juzgado Administrativo de Faltas.
La medida tiene el propósito de promover la responsabilidad compartida y la vigilancia activa de los derechos de la infancia. Buscando establecer un mecanismo de formación continua para que los agentes adquieran herramientas técnicas y conceptuales actualizadas. Dicha formación se considera esencial para la intervención adecuada. El seguimiento de casos y la derivación oportuna a organismos competentes.
Las autoridades de cada área municipal serán las responsables de velar por el cumplimiento de la ordenanza. Y el incumplimiento sin justa causa implicará la aplicación de sanciones administrativas disciplinarias que se establezcan por vía reglamentaria. El objetivo final es construir un entorno más seguro y protector y reafirmar el compromiso con la erradicación de la violencia contra la niñez en la comunidad de Oliva.




















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