Oliva: Municipio oficializa aporte económico para los carnavales del Centro Vecinal Medalla Milagrosa. A través del Decreto N° 010/2026, la administración local dispuso el otorgamiento de un subsidio de 800 mil pesos. El instrumento legal subraya la facultad del Ejecutivo para disponer de bienes municipales en apoyo a instituciones del medio.
En un ejercicio de las atribuciones conferidas por la Carta Orgánica Municipal, el Intendente de la ciudad de Oliva, Octavio Ibarra, ratificó el apoyo financiero a las festividades barriales mediante la firma del Decreto N° 010/2026. La medida surge como respuesta a una solicitud formal presentada por el Centro Vecinal Medalla Milagrosa, con el objetivo de garantizar la infraestructura y organización de sus tradicionales carnavales.
Oliva: Municipio oficializa aporte económico para los carnavales del Centro Vecinal Medalla Milagrosa-Sustento legal y procedencia técnica
El documento, fechado el 15 de enero de 2026, detalla un proceso administrativo que se inició en diciembre de 2025 con la petición de la presidenta de la institución, la Sra. Graciela del Valle Junco. El otorgamiento del subsidio no solo se fundamenta en la voluntad política del Poder Ejecutivo, sino que cuenta con el respaldo técnico de la Asesoría Letrada, la cual emitió un dictamen favorable (N° 06/2026) asegurando la observancia de las normativas vigentes.
Desde un ángulo jurídico, el decreto invoca el Artículo 46 de la Carta Orgánica Municipal, que otorga al Intendente las facultades necesarias para la administración y disposición de bienes públicos en contextos donde se considere prudente la colaboración estatal con entidades sociales.
Detalles de la erogación presupuestaria
El auxilio económico, definido bajo la modalidad de subsidio no reintegrable, asciende a la suma de $800.000,00 (ochocientos mil pesos). Según se desprende del articulado de la norma:
Destino específico: Los fondos están destinados exclusivamente a solventar los gastos de organización de los carnavales previstos para el día 24 de enero del corriente año.
Imputación contable: El gasto será absorbido por la partida presupuestaria 02-01-03-05-01-03-04, correspondiente a «Subsidios para Instituciones del Medio» del presupuesto municipal vigente.
Refrendo oficial: Además de la rúbrica del Intendente Ibarra, el documento cuenta con el refrendo del Secretario de Desarrollo Humano y Gobierno, Sr. César Salvatori.






















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