Reforma Laboral: cuáles son los incentivos fiscales para PYMES y empresas. El proyecto de reforma laboral enviado por el gobierno de Javier Milei al Congreso Nacional incluye una serie de incentivos fiscales y reducciones tributarias que buscan promover el empleo registrado y aliviar la presión impositiva sobre las empresas y los trabajadores.
Incentivos Fiscales y Promoción del Empleo
La iniciativa contempla el Régimen de Incentivo a la Formalización Laboral (RIFL), que establece por un año una alícuota reducida del 2% de contribuciones patronales para las nuevas incorporaciones de trabajadores que estaban sin empleo registrado. Además, se propone la Promoción del Empleo Registrado (PER), que busca la regularización de relaciones laborales no registradas. Este régimen ofrece la condonación de hasta el 70% de la deuda por aportes y contribuciones, la extinción de la acción penal y la baja del REPSAL.
El modelo de regularización propuesto por el Ejecutivo en el PER incluye la posibilidad de regularizar relaciones laborales no registradas o deficientes, extinguiendo sanciones, deudas y acciones penales. También concede condonaciones parciales de capital e intereses, otorga reconocimiento previsional de hasta 60 meses a los trabajadores regularizados y fija parámetros de planes de pago.

Reforma Laboral: cuáles son los incentivos fiscales-Régimen de Incentivo para Medianas Inversiones (RIMI)
Con el objetivo de incentivar las medianas inversiones nacionales y extranjeras, promover el desarrollo económico y la competitividad, e incrementar las exportaciones y la creación de empleo, se introduce el Régimen de Incentivo para Medianas Inversiones (RIMI). Este régimen otorga a las PyMEs amortización acelerada en el Impuesto a las Ganancias y devolución de créditos fiscales de IVA para inversiones productivas. Se consideran inversiones productivas a aquellas destinadas a la adquisición, elaboración, fabricación y/o importación de bienes muebles nuevos (excepto automóviles), amortizables en el impuesto a las ganancias, así como a la realización de obras, a ser afectadas directamente al desarrollo de actividades productivas en el país. Las inversiones en activos financieros, de portfolio y bienes de cambio están expresamente excluidas.
El monto de las inversiones productivas efectuadas durante los dos primeros años a partir de la implementación del régimen debe ser igual o superior a las siguientes sumas, según el tipo de empresa: US$150.000 para Micro empresas, US$600.000 para Pequeñas empresas, US$3.500.000 para Medianas empresas Tramo 1 y US$9.000.000 para Medianas empresas Tramo 2.

Reducciones Tributarias
La reforma también incluye reducciones en la carga tributaria. La Contribución a obras sociales se reduce del 6% al 5%. Las Contribuciones patronales reducen sus alícuotas generales (pasando de 17,40% a 15% según el tipo de empresa). El Impuesto a las Ganancias corporativo reduce sus alícuotas (de 30% a 27% y de 35% a 31,5%). Además, se eliminan Impuestos internos para seguros, telefonía celular, objetos suntuarios, vehículos, embarcaciones y aeronaves.






















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