Oliva sumará más reductores de velocidad en distintos sectores. Mediante la ordenanza 433/2024, el Deliberante de Oliva aprobó la colocación de reductores de velocidad en distintos sectores de la ciudad. La misma fue aprobada por unanimidad el pasado 16 de mayo, en la sesión ordinaria del cuerpo legislativo local.
Todo esto, tras las notas presentadas por vecinos de calle Rioja y Chubut. Tanto al Poder Ejecutivo como al Deliberante. Donde en ese caso puntual solicitaban el retiro de este.
Por otra parte, en calle Rioja, entre Francia y Portugal, ya que el mismo es el ingreso al barrio San Agustín. Posee un alto tránsito de vehículos y peatones. Por lo que se sería necesario dichos elementos para evitar accidentes de tránsito, como ya han ocurrido en el sector.
Desde la Dirección de Tránsito y Seguridad Ciudadana consideraron oportuno realizar los cambios solicitados por los vecinos del sector.
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Colocación de reductores en diversas calles
Sumado a esto, el cuerpo de ediles autorizó la colocación de reductores de velocidad en calle Paso, entre San Martín y Pueyrredón. También en avenida Olmos y 21 de Agosto. Olmos e Intendente Chiarini, en ambos sentidos de circulación.
También el Almirante Brown, entre Suipacha y Monseñor Gallardo. Hipólito Irigoyen, entre Paula Albarracín y Patricias Argentinas. Chubut, entre Cura Larocca y Dr. Ferreyra. En calle Rioja, entre Francia y Portugal. También el tramo que abarca entre Mariano Moreno y Boulevard Italia.
La ordenanza detalla que también tendrán reductores de velocidad, el boulevard Rodolfo Moyano, entre Italia y Mariano Moreno. Como también entre Moyano y España.
Juntamente con esto, se dispone la reparación de los reductores antes instalados.
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Oliva sumará más reductores de velocidad en distintos sectores: el marco jurídico
Dentro de los fundamentos de la norma se da cuenta lo dictaminado en la ley provincial de Tránsito, la 8560, que regula el uso de la vía pública. En su artículo 28 se detalla que “toda construcción permanente o transitoria en zona de camino, debe contar con la autorización previa del ente vial competente”. Ajustándose a las disposiciones establecidas en la referida legislación. Los reguladores de velocidad están contemplados en el inciso 5 de la norma citada.
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