Nueva Ordenanza en Oliva: Régimen de excepción para combatir «hordas» de motos y ruidos molestos. En una medida que busca recuperar el orden público y la seguridad vial, el Concejo Deliberante de la Ciudad de Oliva sancionó la Ordenanza Nº 565/2025, que declara el Régimen de Excepción Vial y de Protección a la Convivencia Ciudadana. Esta nueva normativa, de aplicación inmediata y con una vigencia inicial de dos años, busca erradicar las conductas peligrosas en grupo, conocidas como «hordas», y la contaminación acústica provocada por vehículos con escapes modificados.
La legislación surge como respuesta directa al sostenido incremento de reclamos vecinales por maniobras temerarias y ruidos que afectan el descanso y la salud de la comunidad.
Tolerancia cero a los ruidos molestos y escapes «libres»
El nuevo marco normativo establece una prohibición estricta sobre la circulación, estacionamiento o detención de vehículos que no cumplan con las especificaciones técnicas originales. Los puntos clave incluyen:

Sistemas de escape: Queda prohibido el uso de escapes «libres», directos o modificados que generen cortes o explosiones. Los vehículos deben contar con el caño de escape original o un repuesto homologado.
Contaminación sonora: Se prohíben equipos de audio modificados que superen los decibeles permitidos.

Sanciones y decomiso: La autoridad municipal podrá realizar la retención preventiva inmediata de las unidades en infracción, incluso utilizando la fuerza para cortar candados o cadenas si fuera necesario. Además, se ha dispuesto el decomiso y destrucción inmediata de los caños de escape no reglamentarios.
Mano dura contra las «hordas» y la conducción peligrosa
Uno de los aspectos más innovadores de la Ordenanza es la definición legal de «conducción en horda», referida al desplazamiento coordinado de dos o más vehículos que ocupen la calzada impidiendo el tránsito o realizando maniobras intimidatorias.
Para combatir este fenómeno, la Municipalidad de Oliva ha implementado medidas de rigor excepcional:
Responsabilidad Objetiva: Ante la imposibilidad de identificar a cada infractor individual dentro de un grupo, se atribuirá responsabilidad a todos los conductores identificados o detenidos que formen parte de la horda.
Multas Triplicadas: Las infracciones cometidas en este contexto serán calificadas como «faltas gravísimas», lo que triplicará automáticamente el monto de la multa original, sin derecho a descuento por pago voluntario.
Suspensión de Licencia: Los infractores podrán ser inhabilitados para conducir por periodos que van desde los seis meses hasta los dos años.
Nueva Ordenanza en Oliva: Consecuencias sociales y judiciales
La normativa, promulgada mediante el Decreto Nº 345/2025, no solo se limita a sanciones viales. El Artículo 10 establece la exclusión de cualquier beneficio social otorgado por el municipio a quienes infrinjan la ordenanza. Asimismo, el Poder Ejecutivo Municipal queda facultado para dar intervención a la justicia penal en casos de conducción temeraria y requerir el auxilio de fuerzas provinciales o federales para garantizar el cumplimiento de la ley.
Con esta acción, el Gobierno de la Ciudad de Oliva reafirma su compromiso con el derecho a un ambiente sano y la seguridad de sus ciudadanos, amparándose en facultades constitucionales y la Carta Orgánica Municipal.






















Discussion about this post