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Legislatura de Córdoba debate la prohibición de limpiavidrios y sanciones penales para «naranjitas» e infractores de salud

La Legislatura de Córdoba inicia hoy el tratamiento de una reforma estructural del Código de Convivencia. El proyecto busca eliminar los grises legales en el uso del espacio público y establece castigos inéditos para padres que rechacen el calendario oficial de vacunación.

Redacción El Diario de Oliva+ por Redacción El Diario de Oliva+
26 de diciembre de 2025
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Legislatura de Córdoba debate la prohibición de limpiavidrios y sanciones penales para «naranjitas» e infractores de salud. La Legislatura de Córdoba inicia hoy el tratamiento de una reforma estructural del Código de Convivencia. El proyecto busca eliminar los grises legales en el uso del espacio público y establece castigos inéditos para padres que rechacen el calendario oficial de vacunación.

La fisonomía de las esquinas cordobesas y las reglas de responsabilidad civil están a punto de experimentar un cambio de paradigma. Bajo el argumento de «fortalecer el orden público y la convivencia pacífica», el oficialismo impulsa hoy en la Comisión de Seguridad un ambicioso proyecto de modificación del Código de Convivencia Ciudadana (Ley 10.326).

Esta reforma no es un ajuste menor; es una respuesta política a la creciente tensión en las calles y a la crisis de autoridad en servicios esenciales como la salud y la educación.

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Tolerancia cero en las esquinas: El fin de los limpiavidrios

El proyecto es tajante: se incorpora el artículo 60 bis, que establece una prohibición total de la limpieza de vidrios en la vía pública. A diferencia de normativas anteriores, esta no busca regular la actividad, sino erradicarla por considerarla un factor de riesgo vial y un detonante de conflictos violentos.

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  • Alcance: La prohibición rige en semáforos, banquinas, calzadas y playas de estacionamiento de acceso público.

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  • La clave: La sanción se aplicará incluso si el conductor no solicitó el servicio, eliminando la excusa del «ofrecimiento voluntario».

El cerco a los «naranjitas»: ¿Habilitación o arresto?

La reforma del artículo 60 apunta directamente a los cuidadores de vehículos no autorizados. La normativa establece que cualquier persona que exija retribución económica sin acreditación oficial será sancionada con multas, trabajo comunitario o arresto.

  • Poder a los municipios: La Provincia invita a los intendentes a crear registros de autorización expresa. «Lo que no esté expresamente habilitado, estará prohibido», es la premisa.

  • Zona de Espectáculos: Se introduce un agravante crítico: las penas se duplicarán en las inmediaciones de eventos deportivos, artísticos o culturales, buscando desarticular las «tarifas fijas» extorsivas que suelen aparecer en noches de estadios o festivales.

Salud Pública: Un giro hacia la obligatoriedad coercitiva

Quizás el punto más disruptivo de la reforma es la inclusión del artículo 75 bis. En un contexto de resurgimiento de enfermedades prevenibles, el Estado cordobés penalizará la omisión de la vacunación obligatoria en menores.

  • Sanciones a tutores: Los padres o responsables legales enfrentarán multas y arrestos si no aseguran el esquema de vacunación nacional.

  • Rol de los médicos: Los efectores de salud estarán obligados por ley a denunciar ante la autoridad competente cuando detecten la vulneración de este derecho fundamental.

  • Reincidencia: Quien persista en la negativa de vacunar, verá triplicada la sanción aplicable.

Blindaje contra la violencia institucional

El proyecto también es una respuesta gremial y social al personal de salud y educación que sufre agresiones constantes. Las modificaciones a los artículos 67 y 68 endurecen las penas para quienes:

  • Agredan al personal: Se incluyen insultos y amenazas, tanto presenciales como a través de medios digitales (redes sociales).

  • Dañen infraestructura: Atentar contra una ambulancia, un patrullero o un hospital ya no será un simple daño; será considerado una afectación a un «bien esencial», con sanciones mucho más severas debido al impacto social que genera la baja de un servicio público.

Un enfoque preventivo con «puño de hierro»

Desde el Ministerio de Seguridad, autoridad de aplicación de esta reforma, sostienen que el objetivo es una «gestión temprana del conflicto». El espíritu del proyecto sugiere que, al dotar a la Policía y a los Jueces de Paz de herramientas legales más claras, se podrá intervenir antes de que el conflicto en la calle escale a un delito penal.

La oposición y diversos sectores sociales ya miran con lupa el proyecto, cuestionando si la respuesta es puramente punitiva o si vendrá acompañada de planes de inserción social para quienes hoy viven de la economía informal de la calle.

Tags: Código de ConvivienciaLegislatura de Córdoba

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