El Concejo Deliberante de Oliva autorizó la toma de un crédito provincial para ejecutar tres obras clave de gas natural. En sesión ordinaria concretada este jueves 1 de octubre de 2026, el Concejo Deliberante de la ciudad de Oliva sancionó por unanimidad la Ordenanza N.º 613/2026. La norma faculta al Poder Ejecutivo Municipal a gestionar y tomar un préstamo del Fondo para el Financiamiento de Redes de Distribución Domiciliaria de Gas Natural, con el objetivo de ejecutar tres extensiones troncales que beneficiarán a vecinos de calle Presidente Illia, Elpidio González y Boulevard Brigadier San Martín.


La iniciativa legislativa se enmarca en la Ordenanza N.° 23/2016 y se apoya en los Decretos Municipales N.° 082/2026, N.° 083/2026 y N.° 084/2026, los cuales reglamentan el diseño técnico de las obras aprobadas por la distribuidora Ecogas. Asimismo, el municipio se ampara en la adhesión formal realizada mediante la Ordenanza N.º 429/2024 al Convenio Provincial N.º 24 y sus adendas modificatorias, suscripto entre el Gobierno de la Provincia de Córdoba, el Banco de Córdoba S.A. y Distribuidora de Gas del Centro.
🛠️ El Concejo Deliberante de Oliva autorizó la toma de un crédito provincial: El detalle de los tres frentes de obra aprobados
El financiamiento provincial obtenido será volcado de forma exclusiva a la ejecución y expansión de la red domiciliaria. En tres sectores urbanos estratégicos de la ciudad:
Obra Calle Elpidio González y zonas aledañas: Proyecto técnico registrado bajo la denominación DC0517/069.
Interconexión Boulevard Brigadier Juan Ignacio San Martín: Proyecto registrado bajo la denominación DC0517/078 (vinculado a la Ordenanza N.° 566/2025).
Obra Calle Presidente Illia y sectores contiguos: Proyecto técnico registrado bajo la denominación DC0517/079.
💳 Garantía de pago y retención por coparticipación
Para respaldar la devolución de las cuotas del crédito tomado con el Fondo Provincial. El articulado de la Ordenanza N.º 613/2026 autoriza al Ejecutivo a ceder pro solvendo los derechos que la Municipalidad posee sobre las sumas de la Coparticipación de Impuestos provincial (Ley 8663).

En su artículo tercero, la normativa faculta a la Contaduría General de la Provincia de Córdoba. A efectuar la retención automática de las cuotas correspondientes sobre los goteos coparticipables. Asegurando la cancelación regular de las obligaciones financieras asumidas por el municipio para la concreción de las obras.
La norma fue refrendada en la sala de sesiones por la presidenta del cuerpo legislativo, Victoria Narvaja, junto a los ediles Paula Gatti, Flavio Ruiz, Alexis Benedetti. Carlos Actis Pozzo, Fernando Demaría y Lucía De Giorge.























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