Oliva: el Concejo Deliberante aprobó un pedido de informes por una factura apócrifa presentada por un proveedor municipal. En el marco de la última sesión del Concejo Deliberante de la ciudad de Oliva, los bloques legislativos debatieron y aprobaron de manera unánime un pedido de informes impulsado tras la detección de un comprobante fiscal falso presentado por un proveedor contratado por el Municipio. La irregularidad fue advertida por el Tribunal de Cuentas durante el proceso preventivo de fiscalización, lo que impidió la realización del pago y derivó en una denuncia ante la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA).


🔍 Oliva: el Concejo Deliberante aprobó un pedido de informes- La detección del comprobante y la fundamentación del pedido
La situación se originó semanas atrás durante la revisión de documentación por parte del Tribunal de Cuentas municipal. Al auditar una orden de pago enviada para su aprobación, los integrantes del órgano de contralor notaron inconsistencias en la impresión del documento. Al escanear el código QR que valida la emisión del comprobante ante ARCA, se constató que los datos oficiales pertenecían en realidad a otra factura, confirmando la alteración del documento.
Sobre el inicio del tratamiento legislativo, la concejal Lucía De Giorge (ECO) detalló los motivos que impulsaron al bloque opositor a solicitar precisiones oficiales al Ejecutivo:
«Este pedido de información se debe a una situación que pasó hace alrededor de un mes en una sesión del Tribunal de Cuentas, donde se detecta una factura apócrifa. Al revisar cada documentación y constatar, se dan cuenta de que los márgenes de la factura no coincidían y, cuando se escanea el QR de comprobantes de ARCA, se constata que correspondía a otra factura. Hacemos este pedido porque quien emitió esta factura teóricamente ha tenido una serie de hechos y ha estado involucrado en causas judiciales recientemente. Cuando se puso en conocimiento al Asesor Letrado, la respuesta fue que, como no se había hecho el pago porque el Tribunal de Cuentas no lo aprobó, no constituía ningún delito. Por eso necesitamos saber qué más ha presentado este proveedor, qué control se hace y si hay órdenes de pago anuladas o pagos anteriores.»
A su turno, la presidenta del cuerpo legislativo, Victoria Narvaja (UCR), confirmó el acompañamiento de la bancada oficialista, aunque solicitó ajustar los fundamentos del proyecto:

«No podemos partir de una afirmación de un supuesto hecho del cual ya sabemos cómo ocurrió. Vamos a acompañar el pedido de informes pero cambiando el contenido porque resulta acusatorio. La persona tiene una cuestión privada que no tiene nada que ver en esto. Como se detectó esta factura falsa por el Tribunal de Cuentas, el presidente del Tribunal se reunió con el Asesor Letrado, el Secretario de Finanzas y el Intendente y se hizo la denuncia en ARCA bajo el número 449316.»
🏛️ El cruce en el recinto: Carlos Actis Pozzo y Paula Gatti
A medida que avanzó el debate sobre los alcances de la solicitud, el concejal Carlos Actis Pozzo (ECO) fundamentó la necesidad de ejercer un control legislativo sobre el legajo del proveedor:
«Habiendo tenido este antecedente de la presentación de una documentación fiscal apócrifa —que no pasa con muchos proveedores—, queremos saber desde cuándo se lo contrata, cuáles son los presupuestos que se piden juntos para tomar la decisión y cuáles son los servicios que le prestó al Municipio para tener un historial. El control técnico del Tribunal de Cuentas se ejerce sin ver oportunidad ni conveniencia; si están los requisitos se abona. Nosotros en la función legislativa tenemos un poquito más de capacidad para solicitar información y evaluar la oportunidad. Nuestra intención no es hacerlo en contra de nadie ni exponer, sino aclarar esta cuestión y tener mayor detalle.»
Ante la fundamentación de Actis Pozzo, la concejal Paula Gatti (UCR) intervino enérgicamente para defender la transparencia de la administración pública local y remarcar el correcto funcionamiento de los filtros del Estado:

«Nadie puede decir que la Municipalidad o esta gestión no es transparente. Desde el 2019 nos venimos manejando de la misma manera. Podemos tener millones de errores, pero nadie puede decir que esta gestión no sea transparente. Estoy cansada de tener que dar explicaciones de que no es así, porque se trabaja a destajo. Este pedido de informe va a llevar tiempo ahora para ponerse a hacer todo lo que hay que hacer, sabiendo que hay una denuncia y que va a seguir su curso. No se pagó, no estafaron al Municipio, en todo caso al fisco. Los mecanismos de control funcionaron preventivamente antes de que los hechos ocurran.»
Asimismo, Narvaja destacó la predisposición del intendente para dar explicaciones en el recinto y ante la opinión pública:
«Cuando yo me anoticio de esto, el Intendente lo primero que dijo fue ‘apoyen y que salga la resolución porque voy a explicar punto por punto’. Apenas se le notificó este error, no solamente el Tribunal de Cuentas, sino también la administración de la Municipalidad hizo todo lo que se tenía que hacer. No hay dudas de la transparencia.»
Tras acordar la modificación en la exposición de motivos del expediente para suprimir expresiones de matiz acusatorio, el Concejo Deliberante aprobó de manera unánime el pedido de informes al Ejecutivo.
⚖️ El encuadre legal: ¿Qué dice el Código Penal sobre las facturas apócrifas en el Estado?
La tramitación de documentación fiscal irregular en la administración pública cuenta con una clara tipificación en el derecho penal argentino. Regido por el Código Penal de la Nación y la Ley Penal Tributaria (N.° 27.430).
En el caso específico de un municipio o ente estatal, las figuras delictivas recaen sobre el accionar de los individuos y se dividen según el resultado del proceso administrativo:
Inexistencia de delito municipal cuando el pago es bloqueado: Si una factura apócrifa o adulterada ingresa al circuito administrativo pero el órgano de contralor (Tribunal de Cuentas) la detecta, anula la orden y frena el desembolso de fondos, no existe delito por parte de los funcionarios ni perjuicio para el erario público, dado que el ardid no llegó a consumarse y el mecanismo de fiscalización previa actuó de manera efectiva.
Tentativa de fraude del proveedor: La responsabilidad penal recae de forma exclusiva sobre el proveedor que emitió o alteró el comprobante. Esta conducta está encuadrada bajo la figura de tentativa de fraude a la administración pública (Art. 174, inc. 5° del Código Penal) y la infracción a las leyes fiscales vigentes ante la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA).
Consumación del delito (caso de pago aprobado): Solo si un funcionario público valida o autoriza el pago a sabiendas de la falsedad del documento. La conducta se tipifica penalmente como fraude a la administración pública, incumplimiento de los deberes de funcionario público (Art. 248 C.P.) y uso de documento falso (Art. 296 C.P.), delitos que contemplan penas de prisión efectiva e inhabilitación para ejercer cargos públicos.
En la situación analizada por el Concejo Deliberante de Oliva, al haberse rechazado la factura y cancelado el expediente antes de la erogación. El accionar municipal se mantuvo en el plano de la prevención administrativa y la posterior radicación de la denuncia fiscal correspondiente. Resta aclarar el resto de facturas presentadas por el mismo proveedor.













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