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Oncativo moderniza su sistema de transporte: se aprobó la libre competencia, el fin del esquema de licencias y el ingreso de plataformas digitales

La nueva normativa elimina el histórico sistema de licencias regulado en la década del 90, establece la libre competencia y deroga las distinciones jurídicas entre taxis, remises y servicios mediante plataformas tecnológicas, equiparando la actividad a un marco de desregulación y libertad tarifaria.

Redacción El Diario de Oliva+ por Redacción El Diario de Oliva+
17 de septiembre de 2026
en Regionales
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Oncativo moderniza su sistema de transporte: se aprobó la libre competencia, el fin del esquema de licencias y el ingreso de plataformas digitales

Oncativo moderniza su sistema de transporte: se aprobó la libre competencia, el fin del esquema de licencias y el ingreso de plataformas digitales

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Oncativo moderniza su sistema de transporte: se aprobó la libre competencia, el fin del esquema de licencias y el ingreso de plataformas digitales. El Honorable Concejo Deliberante de la ciudad de Oncativo sancionó una ordenanza clave que transforma por completo el régimen de transporte privado de personas en el ejido municipal. La nueva normativa elimina el histórico sistema de licencias regulado en la década del 90, establece la libre competencia y deroga las distinciones jurídicas entre taxis, remises y servicios mediante plataformas tecnológicas, equiparando la actividad a un marco de desregulación y libertad tarifaria.

🚗 Oncativo moderniza su sistema de transporte:Ejes centrales de la normativa

La iniciativa responde a la necesidad de adaptar la legislación local al avance de las tecnologías digitales y promover la innovación comercial en el sector, dejando atrás un modelo regulatorio propio de décadas anteriores. Entre los puntos más destacados de la ordenanza se encuentran:

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  • Unificación del servicio: Se declara la libre competencia en todo el ejido municipal y se elimina toda distinción jurídica entre Taxi, Remis y Transporte por Plataformas Tecnológicas a los fines de su operación comercial.

  • Derogación de normativas previas: Quedan formalmente derogadas las disposiciones de la Ordenanza Nº 1133/1995 y su modificatoria Nº 1341/1998 que regulaban el servicio de taxis y remises bajo un sistema de licencias y habilitaciones fijas.

  • Actividad privada y tarifas libres: El servicio de transporte en vehículos particulares se considera formalmente una actividad privada de interés público, pudiendo prestarse de forma directa o mediante intermediación digital. Asimismo, el precio del viaje será libremente acordado entre el prestador y el usuario.

  • Eximición de tributos locales: El Municipio no percibirá tasas, cánones ni contribuciones especiales por kilómetro recorrido o viaje realizado. Como parte de esta desregulación, se suspende la aplicación de la tasa de «Inspección vehículos remises por semestre» contemplada en la Ordenanza Tarifaria Anual N° 2699/25, por resultar incompatible con el nuevo principio de libre competencia.

📋 Registro Voluntario Municipal e identificación de Buenas Prácticas

La ordenanza crea un Registro Digital Voluntario Municipal de carácter meramente declarativo y no constitutivo de habilitación. Cuya finalidad será exclusivamente estadística, informativa y de planificación. Para futuras contrataciones del Estado local. Los conductores y vehículos que opten por sumarse deberán acreditar rigurosos requisitos:

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  • Requisitos para Conductores (Artículo 7): Presentar licencia de conducir profesional habilitante. Certificado de antecedentes penales vigente. Y constancia de inscripción impositiva (Monotributo/Autónomo) e Ingresos Brutos.

  • Requisitos para Vehículos (Artículo 8): Contar con una antigüedad máxima de 15 años. Seguro con cobertura de Responsabilidad Civil para pasajeros transportados. E Inspección Técnica Vehicular (ITV) vigente con periodicidad semestral.

Aquellos prestadores que cumplan con la totalidad de los recaudos podrán obtener sin cargo una identificación. De «Buenas Prácticas en el Transporte Privado de Personas» (calcomanía o distintivo). Previo consentimiento, el municipio podrá publicar el nombre y teléfono de contacto de los inscriptos en el sitio web oficial (oncativociudad.com.ar).

CREO

Aclarando expresamente que la comuna no otorga certificación de idoneidad, aval ni garantía de seguridad. Recayendo la responsabilidad de manera exclusiva en el prestador o la plataforma. La Autoridad de Aplicación —conformada por la Secretaría de Gobierno, la Dirección de Movilidad Urbana y el Juzgado de Faltas— podrá revocar la inscripción. Ante incumplimientos o sanciones del Código de Faltas.

🏥 Transporte sanitario y estatus jurídico de las apps

Finalmente, la normativa contempla dos aspectos de vital importancia para la comunidad:

  1. Transporte sanitario: Se mantiene plenamente vigente el régimen municipal de habilitación destinado al traslado de personas con enfermedades crónicas o bajo tratamiento médico, preservando su imprescindible función sanitaria y social.

  2. Naturaleza de las plataformas: Las empresas de redes de transporte son reconocidas formalmente como empresas de tecnología y no de transporte. Además, se garantiza la libertad de elección al estipular que ningún prestador podrá ser obligado a trabajar en exclusividad con una sola aplicación o sistema de despacho.

Tags: Concejo Deliberante Oncativo.libre competencia transporte Cordobaordenanza transporte Oncativotaxis remises plataformas Oncativo

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