El Gobierno desregula la RTO: se podrá hacer en talleres mecánicos de confianza y cambian los plazos. El Gobierno Nacional dio un nuevo paso en la desregulación del transporte automotor con la actualización del régimen de la Revisión Técnica Obligatoria (RTO) y la creación del Registro Nacional de Talleres de Inspección Técnica de Vehículos.


La medida, impulsada en conjunto por el Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado y la Secretaría de Transporte del Ministerio de Economía, se oficializó hoy en el Boletín Oficial a través de la Resolución 32/2026. Tras el anuncio, el Gobierno rechazó el reclamo de los talleres tradicionales y ratificó la reforma.
El Gobierno desregula la RTO: Los objetivos clave de la medida
Simplificar los procesos administrativos.
Ampliar la oferta de servicios para los usuarios.
Garantizar las condiciones técnicas indispensables.
Mantener los estándares de seguridad vial en un marco más flexible y eficiente.
Con esta reforma, el sistema busca reemplazar mecanismos cerrados, fragmentados y burocráticos por un modelo más simple, interoperable y previsible en todo el territorio argentino, promoviendo la libre competencia entre la oferta y la demanda.
¿Dónde se podrá realizar la verificación técnica?
A partir de ahora, las verificaciones de vehículos particulares, comerciales, de pasajeros, de carga, antiguos y especiales podrán realizarse en cualquiera de los establecimientos inscriptos en el nuevo Registro Nacional.

El dato: Esto significa que los usuarios podrán realizar la revisión técnica vehicular en su taller de confianza, siempre y cuando el establecimiento cumpla con los requisitos técnicos exigidos y esté anotado en el registro oficial.
Nuevos plazos para la revisión técnica
El nuevo esquema establece diferencias según el tipo de vehículo y su antigüedad:
1. Primera inspección (Vehículos 0KM)
| Tipo de Vehículo | Plazo para la primera revisión |
| Vehículos particulares 0km | A los 5 años |
| Vehículos de carga y pasajeros 0km | Hasta 12 meses máximo |
2. Revisión periódica
| Tipo de Vehículo | Frecuencia de la revisión |
| Particulares (Hasta 10 años de antigüedad) | Cada 24 meses |
| Particulares (Más de 10 años de antigüedad) | Cada 12 meses |
| No particulares (Carga y pasajeros) | Cada 12 meses |
Nota: Se continuará exigiendo la presencia de un Director Técnico y el cumplimiento de los procedimientos de revisión establecidos en la normativa vigente.

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Cómo funcionará el Registro Nacional de Talleres
El nuevo Registro Nacional de Talleres de Inspección Técnica de Vehículos funcionará bajo la órbita de la Secretaría de Transporte de la Nación. Sus principales características son:
Público, gratuito y digital: Se gestionará de forma online a través de la plataforma de Trámites a Distancia (TAD).
Universal: Permitirá la inscripción de todos los talleres que acrediten capacidad técnica suficiente, incluyendo concesionarias e importadores.
Multipropósito: Los talleres habilitados podrán revisar todo tipo de vehículos (particulares, comerciales, de carga, pasajeros, antiguos o especiales).
¿Cómo es el trámite de inscripción para los talleres?
La inscripción se realizará mediante una declaración jurada y contará con un plazo de tramitación determinado. Si vencido ese plazo la administración no se pronuncia, operará un mecanismo de habilitación provisoria automática (silencio positivo), sujeto a control posterior.
Finalmente, la Subsecretaría de Transporte Automotor desarrollará una base informática centralizada que consolidará los datos de todas las revisiones realizadas y controlará los certificados emitidos en tiempo real.


















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