Avances en la causa de la plaza Bicentenario: imputan por amenazas y lesiones al agresor de Oliva. La Fiscalía de Instrucción, a cargo de la Dra. Mónica Biandrate, confirmó la calificación legal para el autor de la golpiza que se viralizó a principios de marzo. La investigación penal preparatoria continúa su curso tras la actuación de oficio del Ministerio Público Fiscal.

Avances en la causa de la plaza Bicentenario: los detalles
La Justicia de Oliva brindó detalles significativos respecto a la agresión ocurrida en la plaza Bicentenario de la Independencia, un hecho que generó fuerte conmoción social tras la difusión de un registro fílmico donde se observaba la brutalidad del ataque contra un joven.
La titular de la Fiscalía de Instrucción, Dra. Mónica Biandrate, confirmó a nuestra redacción que la instrucción ha sumado pasos procesales determinantes. “Respecto de la causa de las golpizas en la plaza, esta Fiscalía procedió a imputar los delitos de Amenazas y Lesiones Leves, avanzando en plena investigación penal”, precisó la magistrada.
Cabe recordar que el equipo judicial inició las actuaciones “de oficio” apenas tomó estado público el material audiovisual, el cual permitió identificar no solo la gravedad del hecho —que pudo haber tenido consecuencias trágicas— sino también la intervención de un tercero que logró poner fin al ataque sobre el cierre de la grabación.

Sigue leyendo-Choque de dos autos en James Craik: cinco personas debieron ser trasladadas al hospital local
Encuadre legal: ¿Qué penas establece el Código Penal?
La imputación actual bajo los delitos de Amenazas y Lesiones Leves sitúa al acusado en un escenario de «concurso real» de delitos, según lo estipulado en el Código Penal Argentino. A continuación, el detalle técnico de las posibles sanciones:
Lesiones Leves (Art. 89): Establece una pena de prisión de un mes a un año para quien cause un daño en el cuerpo o en la salud de otra persona.
Amenazas Simples (Art. 149 bis): Contempla una pena de prisión de seis meses a dos años para quien hiciere uso de amenazas para alarmar o amedrentar.
Concurso Real (Art. 55): Al concurrir ambos delitos de forma independiente, las escalas penales se unifican. En estos casos, la pena resultante suele oscilar entre los 6 meses y los 3 años de prisión.
Dada la escala penal prevista, es habitual que, de no mediar antecedentes penales computables, se pueda dictar una condena de ejecución condicional. Esto implica que el imputado no iría a prisión efectiva, pero quedaría sujeto al cumplimiento estricto de reglas de conducta. Como la prohibición de acercamiento a la víctima y tratamientos psicológicos, por un periodo determinado.






















Discussion about this post