De qué trata el convenio entre la municipalidad de Oliva y el Rotary International. El Concejo Deliberante de la Ciudad de Oliva aprobó de manera oficial la Ordenanza N° 589/2026, mediante la cual se tomó formal conocimiento del convenio marco de colaboración mutua celebrado entre la administración municipal y el Distrito 4851 de Rotary International.


El acuerdo institucional había sido firmado el pasado 27 de mayo de 2026 por el intendente municipal, Dr. José Octavio Ibarra, y el gobernador del mencionado distrito rotario, Sr. Leonardo Mangoldt. Tras el dictamen legislativo emitido en la sala de sesiones el 4 de junio, la normativa fue ratificada por el Poder Ejecutivo local a través del Decreto N° 126/2026.
De qué trata el convenio entre la municipalidad de Oliva y el Rotary International: Ejes estratégicos del acuerdo institucional
El propósito central de esta iniciativa consiste en estructurar un marco de cooperación técnica, operativa e institucional para el diseño y la ejecución de programas públicos. Según el texto de la ordenanza, los proyectos conjuntos se alinearán de forma prioritaria con las áreas de interés global que promueve Rotary International.
Entre las principales líneas de acción previstas en el territorio municipal se destacan:

Desarrollo social y educación: Implementación de programas de alfabetización, formación en oficios, educación básica y asistencia integral en el cuidado materno-infantil.
Salud y comunidad: Desarrollo de acciones preventivas y de asistencia sanitaria, junto con esquemas de mediación comunitaria para el fomento de la paz.
Sostenibilidad y medio ambiente: Impulso a proyectos de mitigación del cambio climático mediante planes de forestación, soluciones de agua segura, saneamiento ambiental y el fortalecimiento de la economía circular bajo el sistema de Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos (GIRSU).
Economía local: Promoción del crecimiento económico a través del soporte técnico y operativo a microemprendedores de la ciudad.
Sustento normativo
La presentación de este proyecto se fundamentó en las facultades otorgadas al intendente por la Carta Orgánica Municipal (C.O.M.). Específicamente en los artículos 104 (inciso 2) y 123 (incisos 3, 10 y 24), que habilitan la formulación y modificación de normativas clave para la gestión local.
La sesión legislativa del 4 de junio contó con el aval de los representantes de las distintas fuerzas políticas del Concejo Deliberante. El documento final lleva la firma de la presidenta del cuerpo, Victoria Narvaja. Y de los ediles Paula Gatti, Alexis Joaquín Benedetti y Flavio Luciano Ruiz (por la mayoría). Carlos Antonio Actis Pozzo y Lucía De Giorge (por la primera minoría); y Fernando Rubén Demaría (por la segunda minoría).





















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