Oliva: Tras los reclamos, buscan regular la prestación del servicio de delivery y cadetería. Esta noche, el Concejo Deliberante de Oliva llevará adelante, entre otros temas, el tratamiento de un proyecto que busca regular el servicio de cadetería y delivery.
El proyecto presentado por el edil César Salvatori, busca darle un marco normativo a esta actividad que –según explica- no está reglamentada fehacientemente y que no ha parado de crecer desde la pandemia.
El proyecto define en primera instancia que dicho servicio es el que presta “a través de personas físicas o jurídicas, bajo cualquier tipo de medio de transporte habilitado por Ley Nacional de Tránsito Nº24.4492.
Además especifica que abarca los servicios que ofrecen los comercios o empresas privadas. Tanto de manera directa como también vía contratación de terceros. Abarca la distribución de mercadería, productos elaborados, entrega de correspondencia, pago de impuestos, tasas o servicios, realización de trámites “y toda actividad similar que tenga la característica de `puerta a puerta´”.
Oliva: Tras los reclamos, buscan regular la prestación del servicio de delivery y cadetería-Los requisitos a cumplir
Las personas que presten el servicio deberán presentarse cada 6 meses. Ante la Dirección de Medio Ambiente, Bromatología e Inspección General. Con el objetivo de realizar un control habilitante de los contenedores “donde se transporten los alimentos elaborados y evaluar las condiciones higiénico-sanitarias de los mismos”.
El proyecto sostiene que Bromatología llevará un registro con una numeración “que cada conductor deberá exhibir en su chaleco y en el contenedor utilitario para que el reconocimiento en la vía pública sea rápido”.
En el caso de los comercios, que contraten particulares para el servicio, deberán exigir y/o proveer de licencia de conducir, seguro del vehículo, documentación del rodado y autorización para conducirlo. También, en el caso de motos deberá tener casco de seguridad. Se deberá contar con póliza de seguro de vida de los empleados, o una ART.
“sin perjuicio del cumplimiento de las leyes y disposiciones laborales vigentes que rigen tanto en el orden Nacional cuanto al Provincial” expresa el proyecto.
También deberá poseer la identificación de la empresa, nombre y razón social. Los contenedores utilitarios deberán tener la correspondiente capacidad de carga para productos. Además de chalecos o pecheras de seguridad, con color reflectivo y con la leyenda del nombre del comercio.
Por otra parte, los vehículos utilizados para la prestación del servicio “deberán cumplimentar las exigencias requeridas por las ordenanzas vigentes en la materia, y las que la autoridad de aplicación exija al reglamentar” la ordenanza.
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Documentación del personal
El personal afectado al servicio de Reparto a Domicilio, Cadetería y mensajería deberá:
- a) Tener toda la documentación que lo habilite para conducir (Carnet de conductor.) y la que acredite la propiedad del vehículo que utiliza o autorización del titular para su uso.
- b) Tener identificación visible del nombre o denominación de la empresa o comercio para la que presta el servicio.
Otro de los ítems establece que los contenedores deberán estar ubicados de manera firme, no ocultando ni obstaculizando “la visibilidad, luces, patentes e instrumental o comprometan la estabilidad del mismo”.
Deberán además poseer el nombre o razón social de la empresa, número de teléfono y número de certificado habilitante para el rubro reparto a domicilio-cadetería.
“Los contenedores para transportar sustancias alimenticias deberán ser de uso exclusivo a tal fin y cumplir los requisitos que por vía reglamentaria establezca el Área de Bromatología del Departamento Ejecutivo Municipal” sostiene el documento presentado por Salvatori.
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Prohibiciones para conductores
El proyecto detenta prohibiciones específicas para los conductores de los rodados en cuestión. Afectados a dicho servicio.
Por una parte expresa que queda prohibido “llevar o contener en sus manos, brazos o entre sus piernas, elementos que dificulten maniobrar correctamente el vehículo”. Sumado a que no se puede trasladar personas.
Las infracciones a dicha ordenanza y otras legislaciones de tránsito, quedarán determinadas por medio del Juzgado de Faltas municipal.
La iniciativa plantea que el Poder Ejecutivo municipal deberá realizar una campaña de difusión de 60 días, “previa a la puesta en vigencia de la presente, a los efectos de dar a conocer sus alcances a todos los comercios que presten y/o contraten el servicio de delivery”.
Oliva: Tras los reclamos, buscan regular la prestación del servicio de delivery y cadetería-La palabra del edil Salvatori
“Es una preocupación en la ciudad, son muchas motos y autos que desarrollan el servicio. Hemos tenido reclamos de vecinos. Ya que pasan el semáforo en rojo, se violan normas de tránsito. A veces no están identificados, y por ende dificultan las denuncias”.
“Ha habido varios accidentes, donde están involucradas personas que prestan dicho servicio. Los cuales no tenían seguros contra terceros, entre otras cuestiones. Por ende, considero que se necesita una ordenanza para regular este tipo de cuestiones. Para seguridad del trabajador y ciudadano”.
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